La Junta de Gobierno de la Diputación de Guadalajara ha aprobado la resolución provisional de la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2025 para el mantenimiento y consolidación de la estructura comercial y los servicios básicos en el medio rural. Esta resolución provisional concede ayudas para el pago de la cuota de trabajadores autónomos a 225 negocios rurales domiciliados en pueblos de Guadalajara con población menor de 500 habitantes.
Las subvenciones se han concedido en régimen de concurrencia competitiva, prorrateando los 250.000 € de dotación económica de la convocatoria entre los solicitantes que cumplían los requisitos en función de los meses cotizados por cada uno de ellos durante el primer semestre de este año. Una vez establecidas las subvenciones correspondientes a cada solicitante, el importe medio de la ayuda es de 1.111,07 €.
Por tipo de actividad y epígrafe del IAE de los que se incluyen en la convocatoria como posibles perceptores de estas ayudas, el 56% de los solicitantes beneficiarios son titulares de bares y cafeterías (126 en total). A continuación se sitúan en número de beneficiarios los comercios al por menor de alimentos, bebidas, mixto o integrado (39 y 17,3% del total), farmacias, droguerías y herbolarios (24 y 10,7%) y panaderías (12 y 5,3%).
Trabajadores autónomos que se dedican a la venta ambulante son 9 los beneficiarios (4%), mientras que titulares de carnicerías son 8 (3,6%), peluquerías e institutos de belleza son 3 (1,3%) y gasolineras son 2 (0,9%), mismo número que talleres de reparación de artículos eléctricos, vehículos y otros bienes.
Plazo de alegaciones para las solicitudes provisionalmente desestimadas.
A esta convocatoria de subvenciones para el mantenimiento y consolidación de la estructura comercial y los servicios básicos en pueblos menores de 500 habitantes se han presentado en 2025 un total de 241 solicitudes. De ellas, 34 correspondían a trabajadores autónomos que solicitaban esta ayuda por primera vez.
La resolución provisional desestima 15 solicitudes por incumplimiento de alguna de las normas reguladoras de la convocatoria y se ha producido un desistimiento. No obstante, se concede un plazo de 10 días hábiles, a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de esta resolución provisional, para presentar alegaciones a la misma.