
El Reglamento de aplicación de la Ley 3/2015 de Castilla-La Mancha entró en vigor en 2022, estableciendo un período de transición de tres años para la prohibición de la munición de plomo. A juicio de Esparvel, este plazo ha sido más que suficiente para que el mercado haya desarrollado y comercializado munición sin plomo en todos los calibres necesarios. Además, también ha habido tiempo para la realización de pruebas de seguridad relativas a los posibles rebotes de la munición no tóxica en actividades colectivas de caza.
Para esta asociación prorrogar la obligación de uso de munición sin plomo hasta 2028 supone perpetuar un riesgo inaceptable para la salud pública y la biodiversidad. La evidencia científica sobre la toxicidad del plomo y la disponibilidad de alternativas no tóxicas justifican la aplicación inmediata de la normativa vigente. La protección del medio ambiente, la conservación de la biodiversidad y la salud humana deben prevalecer sobre los intereses económicos y operativos de determinados sectores cinegéticos. Por todo ello, Esparvel insta a la administración a mantener la prohibición de la munición plomada sin más dilación.
Esparvel enfatiza que existen alternativas viables a la munición de plomo, como las de acero, cobre o bismuto, que son seguras y eficaces. Además, subrayan que la prórroga propuesta contradice los principios de protección de la salud pública y la biodiversidad establecidos por la ley.
