La consejería de Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades tiene previsto autorizar la caza del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus) en varias comarcas declaradas de emergencia cinegética temporal de la región, para así evitar daños en los cultivos agrícolas.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de Castilla-La Mancha ha preparado una resolución, que tiene previsto publicar próximamente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, por la que se declara como comarca de emergencia cinegética por daños de conejo de monte varios términos municipales de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
El presidente de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha, Agustín Rabadán, ha explicado que con la autorización de la caza del conejo en estas comarcas la consejería de Desarrollo Rural atiende la petición que ha venido realizando la federación junto con organizaciones agrarias como Asaja, para dar respuesta a este problema social.
Rabadán ha recordado que la asesoría jurídica y los técnicos de la Federación de Caza fueron los primeros en reclamar a la Junta de Comunidades que adoptará la medida de permitir los controles de conejo en determinados lugares de la región, donde ya se estaban registrando daños importantes en cultivos agrícolas.
El presidente de la Federación de Caza ha advertido que a pesar de haber tenido conocimiento de esta resolución, los controles de conejo no se podrán llevar a cabo hasta su publicación definitiva en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, entrada en vigor y comunicación.
En cualquier caso, ha comentado que están trabajando en la elaboración de una circular que enviará a todos las sociedades federadas de caza de la región, en las que se les informa de los pasos que han de seguir para llevar a cabo las respectivas solicitudes de los controles de daños en la agricultura.
La resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad tiene como objetivo dotar de herramientas suficientes a los titulares de los cotos, cazadores y agricultores para llevar a cabo un efectivo control de los daños en la agricultura provocados por roeduras o madrigueras.
Esta norma, ha explicado Rabadán, establece que durante el excepcional estado de alarma ocasionado por la situación de crisis sanitaria del COVID-19, las labores de control de poblaciones de conejo en terrenos cinegéticos serán realizados por sus respectivos vigilantes, así como por el agricultor o persona autorizada por este en la parcela de cultivo afectada, siempre con el conocimiento y la supervisión del titular del terreno cinegético.
Todas las personas en labores de control de poblaciones deberán cumplir determinados requisitos, como que sólo podrán realizar estos controles un máximo de dos personas, que se desplazarán en coche, una delante y otra detrás.
Además, deberán mantener distancia de al menos un metro entre ambas y portar el certificado de actividad necesario para las personas que se desplazan, ya sea la autorización o comunicación previa del control.
También estarán obligados a extremar la higiene personal y a desinfectar los equipos de trabajo y transporte, así como a hacer un uso correcto de los Equipos de Protección Individual (EPIs) siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias
Una vez anulado el estado de alarma, el control de las poblaciones de conejo se regirá por las demás condiciones incluidas en la resolución, quedando sin efecto este apartado, ha terminado diciendo el presidente de la Federación de Caza de Castilla-La Mancha.
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