Es el caso de un matrimonio de deudores que se han visto obligados a recurrir a préstamos y créditos para poder subsistir y cumplir con sus obligaciones financieras más inmediatas.
La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha cerrado este expediente aplicando la llamada y recientemente reformada “Ley de la Segunda Oportunidad”.
Solución a la insolvencia: qué hacer cuándo no puedes devolver tus préstamos
La creciente inestabilidad económica, unida al imparable encarecimiento del coste de la vida, está empujando a miles de ciudadanos a una peligrosa trampa financiera: pedir nuevos préstamos para saldar deudas antiguas y cubrir necesidades básicas. Lo que comienza como una tabla de salvación pronto se transforma en un lastre imposible de sostener.
Lejos de resolver el problema, esta solución temporal ha provocado un efecto devastador: más créditos, más intereses, y una inflación que no da tregua. El resultado es un escenario de sobreendeudamiento extremo, donde muchas familias ya no pueden asumir ni las cuotas mínimas ni garantizar un equilibrio económico básico.
Es el caso de una persona que, tras acumular una importante suma en créditos, decidió buscar ayuda. Recurrió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, una entidad de ámbito nacional que ofrece asesoramiento legal y apoyo a quienes ya no ven salida. Tras analizar su situación, los abogados de la organización le recomendaron acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, una vía legal para empezar de nuevo y liberarse de deudas imposibles.
Pepe Dominguez, abogado de la Asociación, detalla cómo reciben un caso así: «Muchas personas, al verse ahogadas por las deudas, recurren a nuevos préstamos creyendo que así podrán salir del apuro. Pero en realidad solo están alargando el problema. Los intereses hacen que la deuda crezca sin control. Y cuando dejan de pagar, empiezan a recibir llamadas constantes, muchas veces intimidatorias, que convierten su día a día en una auténtica tortura.»
Pasos para conseguir la liberación de las deudas
El primer trámite es informar a los Juzgados competentes de la situación de los deudores. Con un preconcurso de acreedores, comienza un periodo por el cual los interesados no deben pagar a nadie y tienen cualquier posibilidad de embargo paralizada.
En el siguiente paso, se presenta la demanda de concurso por los letrados en el Juzgado Competente. “Lo que se pide al tribunal es la apertura de una fase judicial donde se exponen principalmente dos aspectos: la situación actual de los deudores y la explicación de cómo se originó todo, demostrando que son unos deudores de buena fe”
Una vez admitido por el tribunal y valorado las posibilidades de pago de los protagonistas, en cuyo caso actual eran nulas, se procede a pedir la solicitud de exoneración. Los requisitos en términos generales son la insolvencia del deudor, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico. Concretamente, el Juez debe confirmar estas condiciones antes de emitir la sentencia.
Esta resolución definitiva dictada 8 de abril de 2025 concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a estos deudores libres de 29.136 euros. Desde entonces, los acreedores del asociado -entre otros BBVA o Sabadell..- no podrán reclamar ningún pago más a la ya ex-deudora ni incluirlo en ficheros de morosos.
No es la primera exoneración de deuda que la Asociación de Ayuda al Endeudamiento consigue en Guadalajara. Todas las sentencias favorables en la web de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.